Adapta tu empresa a la Ley de Movilidad Sostenible.
Te acompañamos en la elaboración del Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST), la electrificación de tu flota y la gestión de subvenciones aplicables.
¿Está tu empresa obligada?
Ley 9/2025
Más de 200 trabajadores en un único centro — o más de 100 en un mismo turno.
Tu empresa estará obligada a contar con un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST) que recoja el diagnóstico, las medidas y los indicadores de seguimiento.
Fecha límite
05.12. 2027
Para tener el PMST aprobado
y operativo en tu organización.
Un servicio integral, de extremo a extremo.
1
Diagnóstico de movilidad de empleados
Análisis del centro de trabajo, accesos, modos actuales y bolsas de mejora.
2
Encuestas origen–destino
Diseño, distribución y análisis estadístico de los desplazamientos casa–trabajo.
3
Redacción del Plan de Movilidad al Trabajo
Documento técnico-normativo conforme a la Ley 9/2025 con catálogo de medidas y KPIs.
4
Plan de electrificación de flota
Análisis TCO, dimensionado de cargadores y planificación de la transición.
5
Diseño e implantación de medidas
Teletrabajo, coche compartido, lanzaderas, aparcamientos bici y micromovilidad.
6
Tramitación de subvenciones
Identificación, solicitud y justificación de ayudas (planes, MOVES, deducciones).
Más que cumplir la normativa.
Ayudas y deducciones disponibles.
Subvención directa
Ayudas para planes de movilidad
Hasta 10.000 € para la redacción e implantación del PMST.
Fondos NextGen
MOVES Flotas Plus
Hasta 7.000 € por vehículo eléctrico y 800 € por punto de recarga.
Fiscal
Amortización acelerada
Hasta 4 veces la amortización estándar en vehículos ecológicos y cargadores.
IRPF / IS
Deducciones fiscales
15% por adquisición de vehículos ecológicos y por puntos de recarga.